VISTOS
El recurso de casación de fs. 841 a 843 vta., interpuesto por Martina Araviri Choque de Aranibar, contra el Auto de Vista N° 188/2023, de 18 de mayo, corriente de fs. 827 a 836 vta., emitido por la Sala Civil y Comercial, de Familia, Niñez, Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso ordinario de mejor derecho propietario y reivindicación, seguido a instancia de Reina Tite Mamani y Jhonny Quena Choque contra la recurrente, Alejandro Choqueticlla Huanca y José Luis, Daysi Meliza, Fabiola Telma, Eddy Henry y Sonia Florencia todos de apellidos Aranibar Araviri herederos de Edson Aranibar Flores; la contestación de fs. 848 a 849; el Auto de concesión Nº 92/2023, de 23 de junio, obrante a fs. 854; el Auto Supremo de Admisión Nº 657/2023-RA, de 13 de julio, corriente de fs. 861 a 863; todo lo inherente al proceso; y:
