VISTOS
Los recursos de casación presentados vía buzón judicial cursantes de fs. 399 a 403 y de fs. 409 a 412, interpuestos por Ana Medina Castillo; y por Deyvi Endar, Mayda Norma y Cristhian todos de apellido Aguilar Medina, respectivamente, ambos contra el Auto de Vista N° 207/2023, de 07 de noviembre, visible de fs. 388 a 393 vta., pronunciado por la Sala Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso ordinario de división y partición de bienes gananciales, seguido por Filiberto Aguilar Rengifo contra la recurrente; la contestación de fs. 415 a 416, el Auto de concesión de 08 de marzo de 2024, obrante a fs. 420, todo lo inherente al proceso; y:
- Encabezado
- VISTOS
- CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
- CONSIDERANDO II: Del contenido de los recursos de casación y su contestación
- CONSIDERANDO II: Requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- CONSIDERANDO III: Doctrina aplicable al caso
- CONSIDERANDO IV: Fundamentos de la resolución
- POR TANTO
