Resolución RE/0069/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Resolución RE/0069/2018

Fecha: 25-Jul-2018

Que ante su incumplimiento, corresponde a esta instancia quién dictó la sentencia que se encuentra


Habiéndose notificado legalmente a la parte demandada el Gobierno Autónomo Departamental de Pando, el 1 de agosto de 2017, conforme consta en la diligencia de fs. 173; habiéndose emitido a solicitud de parte, la providencia de 1 de marzo del 2018 de fs. 197, donde se consideró que se encuentra plenamente ejecutoriada la sentencia, conminándose a la entidad demandada a cumplir con la misma, en observancia de los artículos 397, 398 y 399 del Código Procesal Civil, en aplicación de la Disposición Transitoria Octava (Procesos en Etapa de Ejecución de Sentencia) de la Ley Nº439; quién pese a haberse procedido a la legal notificación, se emitió la providencia de 1 de marzo del 2018 de fs. 197, donde se consideró que se encuentra plenamente ejecutoriada la sentencia, conminándose a la entidad demandada a cumplir con la misma, en observancia de los artículos 397, 398 y 399 del Código Procesal Civil, en aplicación de la Disposición Transitoria Octava (Procesos en Etapa de Ejecución de Sentencia) de la Ley Nº439; pese a haberse procedido a la legal notificación de la entidad demandada, conforme consta a fs. 213 a 215, sin que se haya dado cumplimiento a lo dispuesto en la sentencia en su ejecución.

Que ante su incumplimiento, corresponde a esta instancia quién dictó la sentencia que se encuentra plenamente ejecutoriada, dar cumplimiento y ejecutar la misma, conforme a lo dispuesto en las normas legales citadas tales como:

Art. 397 Parág. I del Código Procesal Civil. “I. Las sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada se ejecutarán sólo a instancia de parte interesada, sin alterar ni modificar su contenido, por la autoridad judicial de primera instancia que hubiere conocido el proceso.”

Art. 399 Parág. I y II del Código Procesal Civil. “I. La etapa de ejecución se circunscribirá a la realización o aplicación concreta de lo establecido en la sentencia