VISTOS EN SALA PLENA: La Sentencia Nº 305/2016 de fs
VISTOS EN SALA PLENA: La Sentencia Nº 305/2016 de fs. 86 a 89, de fecha 13 de julio del 2016, correspondiente al Exp. Nº 660/2013, providencias de fs. 197 y de fs. 231, Memoriales de fs. 235 y 236, decreto de fs. 237, los antecedentes procesales
- RESOLUCIÓN: 69/2018
- FECHA:Sucre, 25 de julio de 2018
- EXPEDIENTE Nº:660/2013
- MAGISTRADO: Carlos Alberto Egüez Añez
- VISTOS EN SALA PLENA: La Sentencia Nº 305/2016 de fs
- CONSIDERANDO I: Respecto a lo solicitado por la parte demandante, en consideración a la Sentencia
- Habiéndose notificado legalmente a la parte demandada el Gobierno Autónomo Departamental de Pando, el 1
- Que previo a disponer conforme a la solicitud de la parte demandante, de retención y
- Presentándose por la parte interesada, los memoriales de fs
- CONSIDERANDO II: Que teniendo en cuenta los antecedentes referidos y el estado de la causa,
- Que ante su incumplimiento, corresponde a esta instancia quién dictó la sentencia que se encuentra
- En esa interpretación legal, corresponde a este Tribunal, quién dictó la resolución o sentencia referida
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sala Plena
