Que previo a disponer conforme a la solicitud de la parte demandante, de retención y
Que a requerimiento de la parte demandante, se emitió la providencia de 1 de marzo del 2018 de fs. 197, donde se consideró que se encuentra plenamente ejecutoriada la sentencia, conminándose a la entidad demandada a cumplir con la misma, en observancia de los artículos 397, 398 y 399 del Código Procesal Civil, en aplicación de la Disposición Transitoria Octava (Procesos en Etapa de Ejecución de Sentencia) de la Ley Nº 439; pese a haberse procedido a la legal notificación de la entidad demandada, conforme consta a fs. 213 a 215, sin que se haya dado cumplimiento a lo dispuesto en la sentencia en su ejecución.
Que previo a disponer conforme a la solicitud de la parte demandante, de retención y posterior remisión del monto adeudado y dispuesto en ejecución de sentencia, a efectos de cumplir con lo establecido en el artículo 339 Parág. II y III de la Constitución Política del Estado, mediante providencia de 4 de junio del 2018 de fs. 231, se dispuso que la parte interesada identifique e individualice, en cuál de las partidas presupuestarias de la entidad demandada se tenga que disponer la medida de ejecución, destinadas a cubrir con la cancelación, a fin de no violentar la norma constitucional mencionada
- RESOLUCIÓN: 69/2018
- FECHA:Sucre, 25 de julio de 2018
- EXPEDIENTE Nº:660/2013
- MAGISTRADO: Carlos Alberto Egüez Añez
- VISTOS EN SALA PLENA: La Sentencia Nº 305/2016 de fs
- CONSIDERANDO I: Respecto a lo solicitado por la parte demandante, en consideración a la Sentencia
- Habiéndose notificado legalmente a la parte demandada el Gobierno Autónomo Departamental de Pando, el 1
- Que previo a disponer conforme a la solicitud de la parte demandante, de retención y
- Presentándose por la parte interesada, los memoriales de fs
- CONSIDERANDO II: Que teniendo en cuenta los antecedentes referidos y el estado de la causa,
- Que ante su incumplimiento, corresponde a esta instancia quién dictó la sentencia que se encuentra
- En esa interpretación legal, corresponde a este Tribunal, quién dictó la resolución o sentencia referida
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sala Plena
