2. Que IBMETRO no contestó las solicitudes de pago presentadas por CONSCONSERV.
3. Que el plazo de doscientos veinte (220) días para la prestación del servicio de supervisión estipulado en la Cláusula Novena del Contrato Administrativo, concluyó el 9 de abril de 2020 y que la obra fue recibida provisionalmente el 2 de marzo de 2022.
4. Que estando pendiente la entrega definitiva de la obra y antes que concluyera el plazo estipulado en el Contrato Administrativo para la prestación del servicio de consultoría; CONSCONSERV y el FISCAL de OBRA, solicitaron la modificación del referido plazo.
5. Que la solicitud de ampliación de plazo, fue rechazada por IBMETRO el 3 de agosto de 2020.
6. Que, en la ejecución del Contrato Administrativo, no se impuso multas a CONSCONSERV, no se manifestó la intención de resolver el Contrato Administrativo, ni fue resuelto por (IBMETRO).
- Encabezado
- I. VISTOS
- II. CONTENIDO DE LA DEMANDA
- III. CONTESTACIÓN A LA DEMANDA
- IV. CALIFICACIÓN DEL PROCESO
- 2. Que IBMETRO no contestó las solicitudes de pago presentadas por CONSCONSERV.
- 7. Que IBMETRO le adeuda la suma de Bs138.000.- (Ciento treinta y ocho mil 00/100 bolivianos).
- 2. Que CONSCONSERV abandonó la obra después de presentar su Informe Final y no asistió a la Entrega Definitiva realizada el 9 de noviembre de 2020.
- 2. Contrato Administrativo IBM-C-ANPE-2019.189 de 03 de septiembre de 2019.
- 8. Informe legal IBM/JUR/INF/2021-045 de fecha de 14 de abril de 2021.
- 14. Carta Notariada IBMETRO DGE CE 754-2021 de fecha 10 de junio de 2021, RESOLUCIÓN DE CONTRATO IBM-C-ANPE-2019.189.
- V. DETERMINACIÓN DEL OBJETO DEL PROCESO
- VI. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO Y ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
- POR TANTO
