II. CONTENIDO DE LA DEMANDA
CONSCONSERV representada legalmente por Edwin Morales Tapia, interpone demanda contenciosa de cumplimiento de obligación, exponiendo los siguientes argumentos:
Se suscribió Contrato Administrativo para la prestación de servicios bajo la modalidad de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo- AMPE “SUPERVICION TECNICA PARA LA CONSTRUCCION Y EQUIPAMIENTO DE LABORATORIO Y OFICINAS DE IBMETRO SANTA CRUZ BAJO LA MODALIDAD LLAVE EN MANO” con código interno IBMETRO/AMPE/2019-012 y CUCE 19-0041-07-974556-1-1 SIGNADO IBM-C-AMPE-2019.198 con la Dirección General Ejecutiva del Instituto Boliviano de Metrología IBMETRO, para el servicio de consultoría, por el monto de Bs. 200.000 (doscientos mil bolivianos).
Sostuvo que, en la ejecución del contrato se procedió a realizar la supervisión de la Construcción y Equipamiento de Laboratorio y Oficinas de IBMETRO Santa Cruz bajo la modalidad de llave en mano, para tal efecto se hizo la entrega de las planillas 1 y 2, que fueron pagadas, empero no se efectuó el pago de las planillas 3, 4, 5 y 6 (final) por negligencia del personal de IBMETRO pues no respondieron a las solicitudes de pago, concluyendo el plazo de los 220 días el 9 de abril de 2020.
Refirió que, se solicitó la modificación del contrato mediante notas, con la finalidad de asistir a la supervisión de la entrega definitiva, sin embargo se negó dicha participación por el Director Ejecutivo de IBMETRO el 3 de agosto de 2020, estando el plazo vencido y al haber cumplido con los términos contractuales, corresponde el pago de Bs 138.000 (ciento treinta y ocho mil bolivianos 00/100) correspondiente a la planilla 3, 4, 5 y 6 (final), así como el pago de costas, costos, intereses, daños y perjuicios.
Finalmente solicitó que se califique el proceso como contencioso de puro derecho, declare probada la demanda y que IBMETRO proceda la pago de Bs. 138.000 que adeuda dentro de la prestación de los Servicios de Supervisión Técnica para la Construcción y Equipamiento de laboratorio y oficinas de IBMETRO, costas, costos, intereses y el pago de daños y perjuicios.
- Encabezado
- I. VISTOS
- II. CONTENIDO DE LA DEMANDA
- III. CONTESTACIÓN A LA DEMANDA
- IV. CALIFICACIÓN DEL PROCESO
- 2. Que IBMETRO no contestó las solicitudes de pago presentadas por CONSCONSERV.
- 7. Que IBMETRO le adeuda la suma de Bs138.000.- (Ciento treinta y ocho mil 00/100 bolivianos).
- 2. Que CONSCONSERV abandonó la obra después de presentar su Informe Final y no asistió a la Entrega Definitiva realizada el 9 de noviembre de 2020.
- 2. Contrato Administrativo IBM-C-ANPE-2019.189 de 03 de septiembre de 2019.
- 8. Informe legal IBM/JUR/INF/2021-045 de fecha de 14 de abril de 2021.
- 14. Carta Notariada IBMETRO DGE CE 754-2021 de fecha 10 de junio de 2021, RESOLUCIÓN DE CONTRATO IBM-C-ANPE-2019.189.
- V. DETERMINACIÓN DEL OBJETO DEL PROCESO
- VI. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO Y ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
- POR TANTO
