SE/0190/2024
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

SE/0190/2024

Fecha: 17-Dic-2024

VI. DE LA PROBLEMÁTICA PLANTEADA

Establecidos los hechos demandados, a efecto de pronunciar la resolución, se desprende que el objeto de controversia radica en establecer si fue correcta la determinación de la AGIT, respecto al cómputo del término de la prescripción, al aplicar las modificaciones realizadas en el art. 59 del CTB en la Disposición Quinta de la Ley N° 291 de 22 de septiembre de 2012 y la Disposición Derogatoria Primera de la Ley N° 317 de 11 de diciembre de 2012, como también las modificaciones del art. 60 del CTB por la disposición Adicional Sexta de la Ley N° 291, y la Disposición Aduanal Décima Segunda de la Ley Nº 317, respecto a los PIETS Nos. 354/2010, 355/2010, 8299/2012, 3486/2012, 3485/2012, 8301/2012, 8300/2012, 8298/2012, 8297/2012, 6203/2013, 703300298014, tratándose de hechos generadores de 2008, 2009 y 2010.