POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución contenida en los arts. 2-2) y 4 de la Ley Nº 620 de 29 de diciembre de 2014 en relación a la Disposición Final Tercera de la Ley Nº 439, declara: PROBADA la demanda Contenciosa Administrativa de fs. 24 a 35 de obrados, interpuesta por Lemed SRL, representada por Simón Levy Medling; en consecuencia, anula la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1430/2023 de 12 de diciembre, la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-LPZA/RA 0715/2023 de 29 de septiembre, la Resolución Determinativa AN-GRCGR-ULECR-RESDET N° 207/2023, de 8 de mayo y la Vista de Cargo AN-GRCGR-UFICR-VISCAR-23/2023 de 3 de febrero, debiendo la Aduana Nacional emitir una nueva Vista de Cargo en la que procede de forma correcta en la determinación del valor aduanero, conforme los lineamientos establecidos en el presente fallo.
Procédase a la devolución de los antecedentes administrativos remitidos a este Tribunal por la autoridad demandada, con nota de atención.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
- Encabezado
- I. VISTOS
- II. CONTENIDO DE LA DEMANDA
- III. CONTESTACIÓN A LA DEMANDA
- IV. APERSONAMIENTO DEL TERCERO INTERESADO
- V. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Y PROCESALES
- VI. PROBLEMÁTICA PLANTEADA
- VII. FUNDAMENTOS LEGALES, DOCTRINALES Y JURISPRUDENCIALES APLICABLES AL CASO CONCRETO
- VIII. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
- POR TANTO
