V. RÉPLICA Y DÚPLICA
Por memorial de fojas 72 a 76, la Gerencia Regional Santa Cruz de la Aduana Nacional hizo uso de su derecho a la réplica objetando la contestación a la demanda, señalando que sus argumentos son contrarios al ordenamiento legal y a los intereses del Estado, respondiendo en base a plantillas, sin revisar la demanda, misma que ratifica en todos sus términos.
De fojas 81 a 83 vta. cursa la dúplica presentada por Katia Mariana Rivera Gonzales en representación de la Autoridad General de Impugnación Tributaria, considerando la inexistencia de una réplica por no existir en absoluto, referencia concreta a la contestación; y, ratificando la consideración de carencia de carga argumentativa de la demanda.
- Encabezado
- I. VISTOS
- II. CONTENIDO DE LA DEMANDA
- III. CONTESTACIÓN A LA DEMANDA
- IV. DEL TERCERO INTERESADO
- V. RÉPLICA Y DÚPLICA
- VI. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Y PROCESALES
- VII. PROBLEMÁTICA PLANTEADA
- VIII. FUNDAMENTOS LEGALES, DOCTRINALES Y JURISPRUDENCIALES APLICABLES AL CASO CONCRETO
- IX. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
- POR TANTO
