SE/0176/2024
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

SE/0176/2024

Fecha: 13-Ago-2024

VI. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Y PROCESALES

A efecto de resolver los fundamentos de la demanda, corresponde señalar que los antecedentes cumplidos en sede administrativa y los que cursan en el cuaderno del proceso, informan lo siguiente:

1. La Administración & Estructuras Phoenixtorres II SA. solicitó la aprobación de la Declaración Jurada Rectificatoria del Formulario 200 del Impuesto al Valor Agregado (IVA) con N° de Orden 7686942090 correspondiente al periodo fiscal marzo de 2019, incrementando compras en la Casilla 26.

2. El 12 de octubre de 2020, la Administración Tributaria notificó por medios electrónicos al Contribuyente con el Auto N° 252076000608 de 30 de septiembre de 2020 otorgando cinco (5) días hábiles, para que presente, prueba de descargo.

3. El Sujeto Pasivo entregó la documentación, conforme detalle expuesto en el Acta de Recepción de Documentos (fs. 36 de antecedentes administrativos), el 19 de octubre de 2020.

3. El 14 de enero de 2022, el Sujeto Pasivo presentó Certificaciones de pago al proveedor CITE: REQ/OF NAL/DSP/648/2021 y CITE: RR/OP CEN/AAT/144/2021.

4. El 21 de marzo de 2022, el Contribuyente adjuntó: Facturas Nos. 607 y 608, detalle de diligencias realizadas, Cédula de Identidad del Representante Legal de Administración & Estructuras Phoenixtorres II SA, Escritura Pública sobre Modificación a la Escritura de Constitución de "Ferrere Abogados Sociedad Civil”.

5. El 18 de julio de 2022, mediante Acta de Recepción de Documentos, el Sujeto Activo registró la entrega de la documentación consistente en: "Pre-Invoce N° I-1290 Pre- Invoce N° I-1307" y reporte de actividades diciembre 2018.

6. El 14 de septiembre de 2022, la Administración Tributaria notificó por medios electrónicos al Sujeto Pasivo, con la Resolución Administrativa N° 232276000761, de 8 de septiembre de 2022, que rechazó la solicitud de Rectificatoria, lo que género que el 3 de octubre de 2022, interponga Recurso de Alzada.

7. El 9 de enero de 2023 mediante ARIT-SCZ/RA 0015/2023 se resolvió el recurso de alzada, que dispuso confirmar la Resolución Administrativa N° 232276000761 en conformidad al art. 212.I. inc.b) del CTB, el sujeto pasivo interpuso Recurso Jerárquico frente a esta resolución.

8. El 27 de marzo de 2023, la Autoridad General de Impugnación Tributaria resolvió el recurso Jerárquico mediante AGIT-RJ 0332/2023, que confirmo el Recurso de Alzada ARIT-SCZ/RA 0015/2023.