Sentencia Rol 745 - 2019
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 745 - 2019

Fecha: 18-Jun-2020

0000107 CIENTO SIETE 9 criterio para su graduación, además de establecerse un margen excesivamente amplio de discrecionalidad para el juez

0000107 CIENTO SIETE 9 criterio para su graduación, además de establecerse un margen excesivamente amplio de discrecionalidad para el juez. Añade que, en este sentido, se vulnera el principio de dignidad humana por indeterminación de la culpabilidad y, especialmente, por indeterminación de la sanción. De las misma manera, estima vulnerados los artículos 6°, 7°, 19 Nos. 2, 3 y 26, de la Carta Fundamental, que consagran el principio de proporcionalidad, dado que la sanción prevista en el precepto legal objetado es desproporcionada, por carecer de parámetros objetivos y de graduación para su aplicación, permitiendo a los jueces de policía local una discrecionalidad excesivamente amplia en la aplicación de sanciones, y, en el caso concreto, por prescindir de los distintos permisos y recepciones otorgadas por la Dirección de Obras Municipales de la Municipalidad de La Florida en relación al inmueble ubicado en Av. La Florida N° 8988, de esa comuna, permisos y recepciones que descartan que se configure el supuesto de hecho sancionado, además de no constituir ningún daño o riesgo para la población, lo cual queda demostrado con la recepción definitiva total de la obra, de fecha 25 de octubre de 2018. 4º. Teniendo presente que la acción de inaplicabilidad importa un control concreto de constitucionalidad, donde las circunstancias que rodean la gestión pendiente deben ser consideradas por esta Magistratura, es que conviene referir, brevemente, los antecedentes de la misma. La requirente fue denunciada por la Dirección de Obras Municipales de la Municipalidad de La Florida, por mantener una construcción sin permiso de edificación, habilitada, sin recepción final, en el inmueble ubicado en Av. La Florida N° 8988, de esa comuna, infringiendo los artículos 116 y 145 de la LGUC, en relación con el artículo 1.3.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. La requirente no se presentó a la audiencia infraccional ni presentó descargos por escrito. Con fecha 20 de septiembre de 2018, el 1° Juzgado de Policía Local de La Florida dictó sentencia definitiva, acogiendo la denuncia y condenando a la requirente al pago de una multa equivalente al 10% del presupuesto de la obra denunciada, para lo cual tuvo en consideración el presupuesto de la obra, la fecha de construcción, la existencia de antecedentes de regularización, la comparecencia del denunciado y la posibilidad de que dicha obra sea regularizada, según los antecedentes que obraban en la causa (fojas 32 del expediente constitucional). La multa asciende a $573.929.196. III. Criterios interpretativos sustantivos respecto del artículo 20 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. 5º. Cabe hacer presente, en primer término, que esta Magistratura ya ha tenido oportunidad de pronunciarse, en sede de inaplicabilidad, sobre la norma legal impugnada en estos autos. Es así como en la sentencia Rol N° 2640, se acogió parcialmente el requerimiento declarando inaplicable aquella parte de la norma aludida que establece “… no inferior a un 0,5% ni superior al 20% del presupuesto de la obra, a que se