Corte Constitucional de Colombia Auto A-1451/25 Fecha: 17-Sep-2025 1. Competencia 7. La Corte Constitucional es competente para resolver el presente conflicto de jurisdicciones, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política. Temas-Subtemas Encabezado I. ANTECEDENTES 1. Competencia 2. Verificación de los presupuestos para la configuración de un conflicto de jurisdicciones 4. Análisis del caso en concreto. 5. Llamado de atención 6. Regla de decisión III. DECISIÓN RESUELVE