RESUELVE
PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el cargo Primero de la demanda, relativo a la violación del artículo 157 de la Constitución Política y de los artículos 158, 159, 176 y 185 de la Ley Orgánica 5ª de 1992- Reglamento del Congreso, dentro del trámite del proyecto de ley que derivó con la expedición de la Ley 2277 de 2022, por las razones expuestas en la presente sentencia.
SEGUNDO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el cargo Segundo de la demanda, relativo a la violación del artículo 160 de la Constitución y de los artículos 94 y 175 de la Ley Orgánica 5ª de 1992- Reglamento del Congreso, dentro del trámite del proyecto de ley que derivó con la expedición de la Ley 2277 de 2022, por las razones expuestas en la presente sentencia.
TERCERO. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-435 de 2023 que declaró la exequibilidad del artículo 54 de la Ley 2277 de 2022 por el cargo de vicios de procedimiento, por la supuesta inadecuada conformación de la comisión de conciliación.
CUARTO. Declarar EXEQUIBLE la integridad de la Ley 2277 de 2022, «[p]or medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones», por el cargo Cuarto analizado en esta providencia, fundado en la violación de los artículos 161 de la Constitución y 187 de la Ley 5ª de 1992, salvo en lo tocante con el artículo 54 de dicha ley sobre el cual recayó una cosa juzgada de acuerdo con lo dispuesto en el anterior numeral tercero de la parte resolutiva de esta providencia.
Notifíquese y cúmplase.
JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
Presidente
NATALIA ÁNGEL CABO
Magistrada
Ausente con excusa
JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
Magistrado
DIANA FAJARDO RIVERA
Magistrada
VLADIMIR FERNÁNDEZ ANDRADE
Magistrado
Con impedimento aceptado
JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
Magistrado
ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
Magistrado
PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
Magistrada
CRISTINA PARDO SCHLESINGER
Magistrada
ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
Secretaria General
