2. Fundamentos de la acción de tutela
13. Acción de tutela. El 6 de noviembre de 2024[19], María Doris Carvajal Franco interpuso acción de tutela en contra de la Colpensiones, el Hospital Infantil Universitario- Rafael Henao Toro, la Dirección Territorial de Salud de Caldas- la Dirección-, Colfondos y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público[20]. Lo anterior, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales: a la vida en condiciones dignas, integridad personal, salud, seguridad social [y] al mínimo vital[21], ocasionada por la negativa de Colpensiones de incluir en su historia laboral las semanas laboradas en el hospital para el reconocimiento de su pensión de vejez.
14. Pretensiones. La actora solicitó: (i) que se tutelen los derechos invocados (§13); (ii) se ordene el pago de su tiempo de servicios y la inclusión de las semanas en su historia laboral, bien a título CETIL o calculó actuarial o por el mecanismo idóneo, con el fin de corregir su historia laboral y acreditar su tiempo de servicio; y (iii) que se contabilicen las 950 semanas que se registran en la historia laboral, así como aquellas derivadas del tiempo laborado, para acreditar el número de mil trescientes semanas (1300), necesarias para acceder a su pensión de vejez[22].
- Temas-Subtemas
- Encabezado
- Sentencia
- 1. Hechos[1]
- 2. Fundamentos de la acción de tutela
- 3. Trámite de la acción de tutela
- 4. Decisión judicial objeto de revisión
- 5. Actuaciones en sede de revisión ante la Corte Constitucional
- 1. Competencia
- 2. Cuestiones previas
- 3. Análisis de procedencia de la acción de tutela
- 4. Planteamiento del problema jurídico y metodología de decisión
- 7. Análisis del caso concreto
- 7.1. Conclusiones y remedios
- III. DECISIÓN
- RESUELVE
