Sentencia C-812/01
Fecha: 01-Ago-2001
Artículo 171 — (Modificado por el artículo 7º del Decreto 2820/74) El juez se abstendrá de autorizar el matrimonio hasta cuando la persona que pretenda contraer nuevas nupcias le presente copia auténtica de la providencia por la cual se designó curador a los hijos, del auto que le discernió el cargo y del inventario de los bienes de los menores. No...