Sentencia T-802/13
Corte Constitucional de Colombia

Sentencia T-802/13

Fecha: 12-Nov-2013

TUTELAR

Circunscribiéndose lo que le preocupa al futuro acceso y disponibilidad cuando se requiera, lo imperativo ahora es preservarle el habeas data y la confianza legítima, hacia lo cual será revocado el fallo proferido en abril 22 de 2013 por el Juzgado 32 Civil del Circuito de Bogotá, que en su momento confirmó el dictado en marzo 13 del mismo año por el Juzgado 2º Civil Municipal de la misma ciudad, negando el amparo solicitado por el señor Fernando Alberto Rey Cruz, a cuyo favor se dispondrá, en su lugar, TUTELAR los referidos derechos.

En consecuencia, se ordenará a Colmédica Medicina Prepagada, por conducto de su representante legal o quien al efecto haga sus veces que, si aún no lo ha efectuado, en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, excluya definitivamente como preexistencia la mencionada gastritis crónica, frente al contrato de medicina prepagada del demandante Fernando Alberto Rey Cruz, identificado con cédula de ciudadanía N° 79.839.265 de Bogotá, a quien debe prestarle, en las condiciones pactadas, todos los servicios médicos que se deriven del contrato con él firmado, mientras se encuentre vigente y sin perjuicio de la continuidad a que hubiere lugar.