Auto Constitucional A 524/16

Fecha: 02-Nov-2016

1.5. El Juzgado Vigésimo Sexto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento, mediante providencia del 13 de junio de 2016, declaró su falta de competencia para conocer de la acción de tutela en virtud del factor territorial, toda vez que, luego de identificar que el poder para efectos de representación judicial fue autenticado en el municipio d...

Auto Constitucional A 525/16

Fecha: 02-Nov-2016

2. Luis Fernando Estrada Sanín, a través de apoderado, instauró acción de tutela contra la Fiscalía 27 Local de Bogotá, Publicaciones Semana S.A., Revista Dinero, Dinero.com, Paola Ochoa y Juan Carlos Martínez Arciniegas en procura de obtener la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso y al buen nombre, entre otros. Lo anterior, t...

Auto Constitucional A 526/16

Fecha: 02-Nov-2016

3. Hecho nuevamente el reparto, su conocimiento le correspondió al Juzgado 41 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, quien mediante auto del 12 de agosto de 2016, señaló que de conformidad con el Decreto 1382 de 2000, la acción de tutela debe ser repartida al “respectivo superior funcional del accionado”[1], de manera que su co...

Auto Constitucional A 527/16

Fecha: 02-Nov-2016

3. El conocimiento de la tutela correspondió a la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cartagena, la cual, mediante pronunciamiento de fecha 15 de septiembre de 2015, se declaró incompetente para conocer de la acción y remitió la misma a la Oficina de Apoyo Judicial de esa ciudad para que sometiera a sorteo el asunto ent...

Auto Constitucional A 528/16

Fecha: 02-Nov-2016

1. Esta Corporación, como máximo tribunal de la jurisdicción constitucional, es competente para resolver los conflictos de competencia que se susciten dentro de los procesos de tutela cuando las autoridades judiciales involucradas carezcan de un superior jerárquico común[2]. Sin embargo, en virtud de los principios de celeridad y sumariedad que rig...

Auto Constitucional A 529/16

Fecha: 02-Nov-2016

4. El reparto del escrito de impugnación de la sentencia de primera instancia y su conocimiento, correspondió al Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Zipaquirá -Cundinamarca-, el cual a través de auto de 6 de octubre de 2016 se declaró incompetente para conocer del asunto bajo el argumento de que “dicho recurso debe ser resuelto ...

Auto Constitucional A 530/16

Fecha: 02-Nov-2016

1. Mediante Auto 583 de 2015, la Sala Plena de esta corporación declaró la nulidad de la Sentencia T-438 de 2015, que resolvió la acción de tutela promovida por Orlando de Jesús Ramírez Rincón, Jaime Arturo Ramos Ortiz, José Dumar Vélez y Carlos Arturo Botero Gaviria contra la Alcaldía Municipal de Marmato, Caldas; la Agencia Nacional de Minería y ...

Auto Constitucional A 531/16

Fecha: 02-Nov-2016

1.1. En ejercicio de la acción pública de inconstitucionalidad prevista en el artículo 242.1 de la Constitución Política, los ciudadanos Alexander López Quiroz y Marco Fidel Marinez Gaviria presentaron ante esta Corporación una demanda contra la expresión “principia al nacer” contenida en el artículo 90 del Código Civil, por considerar que desconoc...

Auto Constitucional A 532/16

Fecha: 02-Nov-2016

7. Por regla general, es al juez constitucional de primera instancia a quien le corresponde hacer cumplir las órdenes de amparo impartidas en las sentencias de tutela, incluso cuando se trata de sentencias de segunda instancia o de las proferidas por la Corte Constitucional en sede de revisión. Tal competencia se deriva de la responsabilidad que el...

Auto Constitucional A 533/16

Fecha: 09-Nov-2016

2. En su escrito, el peticionario explicó que se encuentra en un estado de total abandono y desprotección por lo que presentó una petición ante la entidad accionada, el primero de marzo del 2016, con el objetivo de que se le reconociera la reparación administrativa de conformidad con el artículo 46 y 60 de la Ley 1448 de 2011. Así mismo, solicitó q...

Auto Constitucional A 534/16

Fecha: 09-Nov-2016

1.1.1. Mediante Resolución núm. 0313 del 9 de mayo de 2001, el Fondo de Previsión Social del Congreso -Fonprecon- reconoció pensión de jubilación en calidad de ex congresista al señor Héctor Julio Becerra Ruiz a partir del 20 de julio de 1998, de conformidad con lo establecido en la Ley 4ª de 1992 y su Decreto Reglamentario 1293 de 1994. 1.1.3. El ...

Auto Constitucional A 535/16

Fecha: 09-Nov-2016

1.2 La acción de tutela fue repartida al Juzgado Laboral del Circuito de Honda – Tolima y a través del auto del 7 de julio de 2016 rehusó el conocimiento para decidir la misma, en razón a que la accionada es una autoridad judicial perteneciente a la categoría municipal y de especialidad civil, por lo que debe ser fallada por su superior funcional, ...

Auto Constitucional A 536/16

Fecha: 09-Nov-2016

2.- Que el señor Elkin Beltrán Andrade, residente en la ciudad de Cartagena, interpuso acción de tutela en contra del Instituto de Tránsito y Transporte del Atlántico, al considerar vulnerado su derecho fundamental al debido proceso, por cuanto dicha entidad omitió llevar a cabo en debida forma la notificación de tres multas de tránsito impuestas p...

Auto Constitucional A 537/16

Fecha: 09-Nov-2016

5. La Corte Constitucional, en varios de sus pronunciamientos, ha precisado que la jurisdicción constitucional está conformada por todos los jueces de tutela[4] y que el Decreto 1382 de 2000 establece las reglas de reparto de la acción de tutela y no de competencia. De tal modo, que se ha señalado que las disposiciones consagradas en dicho decreto ...

Auto Constitucional A 538/16

Fecha: 09-Nov-2016

3.3. Frente a la definición del régimen de competencias por el factor territorial, la Sala observa que el señor Albeiro Antonio Atencia esta domiciliado en el municipio de Rionegro - Antioquia, lugar en el que debe recibir la ayuda humanitaria a la que alega tiene derecho. Por esta razón, es competente para conocer de la presente acción cualquier j...

Auto Constitucional A 539/16

Fecha: 09-Nov-2016

1.1. La jurisprudencia de esta Corporación ha sostenido que por regla general los conflictos de competencias en materia de tutela son resueltos por el superior jerárquico de las autoridades judiciales que proponen la colisión. Así mismo, ha indicado que en los eventos en los que no exista superior jerárquico común, dichos conflictos serán resueltos...

Auto Constitucional A 540/16

Fecha: 09-Nov-2016

Artículo 156.- Modificado por la Ley 25 de 1992, artículo 10. El divorcio sólo podrá ser demandado por el cónyuge que no haya dado lugar a los hechos que lo motivan y dentro del término de un año, contado desde cuando tuvo conocimiento de ellos respecto de las causales 1a. y 7a. o desde cuando se sucedieron, respecto a las causales 2a., 3a., 4a. y ...

Auto Constitucional A 541/16

Fecha: 09-Nov-2016

6. El veintiuno (21) de octubre de dos mil dieciséis (2016) el Magistrado Sustanciador resolvió “ESTARSE A LO RESUELTO en el Auto del 04 de octubre de 2016 que rechazó la demanda presentada por el señor Edgar Eduardo Acero Acosta contra el numeral 5 del artículo 147 de la Ley 65 de 1993”, teniendo en cuenta que el escrito de corrección fue presenta...

Auto Constitucional A 542/16

Fecha: 09-Nov-2016

A esta conclusión se llegó mediante una interpretación armónica del artículo 5º del Decreto 2067 de 1991 y el inciso primero del artículo 49[2] del Acuerdo 02 de 2015 “Por el cual se unifica y actualiza el reglamento de la Corte Constitucional”. El primero de los mencionados hace referencia a la “acumulación de demandas” cuando exista coincidencia ...

Auto Constitucional A 543/16

Fecha: 09-Nov-2016

El Alcalde Mayor de Bogotá, como funcionario perteneciente a la Rama Ejecutiva, también es uno de los sujetos pasibles de las convocatorias que se realizan por las comisiones permanentes del Congreso, con miras al desarrollo del control público, en los términos consagrados en la Constitución y la ley. ...