Asunto C‑352/20
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Asunto C‑352/20

Fecha: 16-Dic-2021

IV.Cuestión prejudicial y procedimiento ante el Tribunal de Justicia

El recurso de casación interpuesto por la sociedad de gestión contra dicha resolución está pendiente ante el órgano jurisdiccional remitente, la Kúria (Tribunal Supremo, Hungría), que ha decidido suspender el litigio y plantear al Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo 267TFUE, la siguiente cuestión prejudicial:

«¿Quedan regidos por las políticas de remuneración de los gestores de fondos de inversión los dividendos repartidos a los [directivos en cuestión]

a)directamente por su condición de titulares de acciones privilegiadas con derecho preferente a dividendo en el gestor de fondos de inversión,y

b)a través de sociedades anónimas unipersonales propiedad de los [directivos en cuestión] que tienen acciones privilegiadas con derecho preferente a dividendo en ese gestor de fondos?»

Acerca de esta cuestión prejudicial han presentado observaciones por escrito la demandante en el litigio principal, el MNB, el Gobierno polaco, el Gobierno húngaro y la Comisión Europea. Con el fin de preparar la vista celebrada el 28 de octubre de 2021 y a instancias del Tribunal de Justicia, la AEVM aportó aclaraciones escritas, de conformidad con el artículo 24, apartado 2, del Estatuto. Los participantes en la vista, a saber, la demandante en el litigio principal, el MNB, el Gobierno húngaro y la Comisión, tuvieron ocasión de presentar durante la vista sus observaciones acerca de dichas aclaraciones.