«Competencia— Abuso de posición dominante— Mercado de los servicios de transporte ferroviario de mercancías— Decisión por la que se desestima una denuncia— Artículo 7 del Reglamento (CE) n.º773/2004
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

«Competencia— Abuso de posición dominante— Mercado de los servicios de transporte ferroviario de mercancías— Decisión por la que se desestima una denuncia— Artículo 7 del Reglamento (CE) n.º773/2004

Fecha: 09-Feb-2022

Procedimiento y pretensiones de las partes

6Mediante demanda presentada en la Secretaría del Tribunal el 15 de noviembre de 2019, la demandante interpuso el presente recurso.

7El 30 de enero de 2020, la Comisión presentó su escrito de contestación en la Secretaría del Tribunal.

8Los escritos de réplica y de dúplica se presentaron en la Secretaría del Tribunal los días 7 de abril y 26 de junio de 2020, respectivamente.

9El 25 de mayo de 2020, el Presidente de la Sala Décima del Tribunal decidió admitir la intervención en el procedimiento de la República de Polonia, en apoyo de las pretensiones de la Comisión. La República de Polonia presentó un escrito de formalización de la intervención el 30 de agosto de 2020 y la demandante presentó observaciones sobre dicho escrito el 29 de septiembre de 2020. No obstante, el 8 de octubre de 2020, el Presidente de la Sala Décima del Tribunal decidió no incorporar a los autos dichas observaciones por haber sido presentadas fuera de plazo.

10A propuesta de la Sala Décima, el Tribunal decidió, de conformidad con el artículo 28 de su Reglamento de Procedimiento, remitir el asunto a una Sala ampliada.

11Por impedimento de un miembro de la Sala Décima ampliada, el Presidente del Tribunal se designó, el 20 de julio de 2021, con arreglo al artículo 17, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento, para completar la Sala en el presente asunto. En virtud del artículo 10, apartado 5, de dicho Reglamento, también asumió la Presidencia de la Sala en este asunto.

12En la vista de 17 de septiembre de 2021 se oyeron los informes orales de las partes y sus respuestas a las preguntas orales formuladas por el Tribunal.

13La demandante solicita al Tribunalque:

–Anule la Decisión impugnada.

–Condene en costas a la Comisión.

14La Comisión solicita al Tribunalque:

–Desestime el recurso.

–Condene en costas a la demandante.

15La República de Polonia apoya las pretensiones de la Comisión.