ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 96/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 13 DE SEPTIEMBRE DE 2022. PONENTE: JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ. SECRETARIOS: FERNANDO SOSA PASTRANA Y OMAR CRUZ CAMACHO.
Fecha: 09-Dic-2022
Artículo
"Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas."
6. Acción de inconstitucionalidad 118/2020, resuelta por el Tribunal Pleno en la sesión pública de veinte de mayo de dos mil veintiuno. Mayoría de nueve votos de las señoras Ministras Ríos Farjat y Piña Hernández y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Aguilar Morales, Franco González Salas, Zaldívar Lelo de Larrea (presidente), Pardo Rebolledo, Laynez Potisek (ponente). La señora Ministra Esquivel Mossa y el señor Ministro y Pérez Dayán votaron en contra. Las consideraciones de este fallo han sido reiteradas en las acciones de inconstitucionalidad 182/2020, 50/2021 y 275/2020, entre otras.
7. Acción de inconstitucionalidad 184/2020, resuelta por el Tribunal Pleno en la sesión pública de dieciocho de mayo de dos mil veintiuno. Mayoría de nueve votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Franco González Salas en contra de la metodología, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández apartándose de la metodología, Ríos Farjat, y presidente Zaldívar Lelo de Larrea en contra de la metodología. Los señores Ministros Laynez Potisek y Pérez Dayán votaron en contra y anunciaron sendos votos particulares. La señora Ministra Piña Hernández y el señor Ministro presidente Zaldívar Lelo de Larrea anunciaron sendos votos concurrentes. Las consideraciones de este fallo han sido reiteradas en la acción de inconstitucionalidad 83/2019. 8. Acción de inconstitucionalidad 263/2020, resuelta por el Tribunal Pleno en la sesión pública de veinticinco de mayo de dos mil veintiuno. Mayoría de nueve votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Franco González Salas con reserva de criterio, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo separándose del párrafo cuarenta y nueve de las consideraciones relativas a la ley general, Piña Hernández separándose de algunas consideraciones, Ríos Farjat con matices en el párrafo cuarenta y nueve y presidente Zaldívar Lelo de Larrea en contra de la metodología y del párrafo cuarenta y nueve. Los señores Ministros Laynez Potisek y Pérez Dayán votaron en contra.
9. Acción de inconstitucionalidad 108/2020, resuelta por el Tribunal Pleno en la sesión pública de diecinueve de abril de dos mil veintiuno. Mayoría de ocho votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Aguilar Morales, Piña Hernández por consideraciones adicionales, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea en contra de la metodología y de las consideraciones, respecto del apartado VII. La señora Ministra Esquivel Mossa y los señores Ministros Franco González Salas y Pardo Rebolledo votaron en contra.
- Presentar Al Consejo Académico Los Proyectos Del Reglamento Y Manuales De Organización Interna
- Nombrar Y Remover Al Secretario
- Vetar Los Acuerdos Del Propio Consejo Académico Que No Tengan Carácter Técnico
- B Se Cumplió Con Todas Las Formalidades Del Procedimiento Legislativo
- Ii Competencia
- La Presente Acción De Inconstitucionalidad Se Presentó De Manera Oportuna
- Iv Legitimación
- V Causas De Improcedencia
- Vi Consideraciones Y Fundamentos
- Artículo Para Ser Rector Se Requiere
- Vii Efectos
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- Artículo
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener