ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 96/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 13 DE SEPTIEMBRE DE 2022. PONENTE: JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ. SECRETARIOS: FERNANDO SOSA PASTRANA Y OMAR CRUZ CAMACHO.
Fecha: 09-Dic-2022
Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
"I. De las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad a que se refieren las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. ..."
"Segundo. El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación conservará para su resolución: ...
"II. Las acciones de inconstitucionalidad, salvo en las que deba sobreseerse, así como los recursos interpuestos en éstas en los que sea necesaria su intervención. ..."
2. "Artículo 60. El plazo para ejercitar la acción de inconstitucionalidad será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha en que la ley o tratado internacional impugnado sean publicados en el correspondiente medio oficial. Si el último día del plazo fuese inhábil, la demanda podrá presentarse el primer día hábil siguiente."
3. "Artículo 15. El presidente de la Comisión Nacional tendrá las siguientes facultades y obligaciones:
- Presentar Al Consejo Académico Los Proyectos Del Reglamento Y Manuales De Organización Interna
- Nombrar Y Remover Al Secretario
- Vetar Los Acuerdos Del Propio Consejo Académico Que No Tengan Carácter Técnico
- B Se Cumplió Con Todas Las Formalidades Del Procedimiento Legislativo
- Ii Competencia
- La Presente Acción De Inconstitucionalidad Se Presentó De Manera Oportuna
- Iv Legitimación
- V Causas De Improcedencia
- Vi Consideraciones Y Fundamentos
- Artículo Para Ser Rector Se Requiere
- Vii Efectos
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- Artículo
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener