ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 152/2021. PARTIDO POLÍTICO LOCAL NUEVA ALIANZA EN EL ESTADO DE OAXACA. 10 DE MARZO DE 2022. PONENTE: JAVIER LAYNEZ POTISEK. SECRETARIO: ALFREDO NARVÁEZ MEDÉCIGO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 152/2021. PARTIDO POLÍTICO LOCAL NUEVA ALIANZA EN EL ESTADO DE OAXACA. 10 DE MARZO DE 2022. PONENTE: JAVIER LAYNEZ POTISEK. SECRETARIO: ALFREDO NARVÁEZ MEDÉCIGO.

Fecha: 03-Jun-2022

I Competencia

11. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para resolver la presente acción de inconstitucionalidad, de conformidad con los artículos 105, fracción II, inciso f), de la Constitución Federal;(10) 1o. de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en lo sucesivo "ley reglamentaria"),(11) y 10, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación,(12) toda vez que el promovente plantea la posible contradicción entre una disposición de carácter general emitida por el Poder Legislativo de una entidad federativa y la Constitución Federal.