ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 205/2020. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 10 DE MAYO DE 2021. PONENTE: JAVIER LAYNEZ POTISEK. SECRETARIA: ERIKA YAZMÍN ZÁRATE VILLA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 205/2020. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 10 DE MAYO DE 2021. PONENTE: JAVIER LAYNEZ POTISEK. SECRETARIA: ERIKA YAZMÍN ZÁRATE VILLA.

Fecha: 03-Jun-2022

I Concepto De Invalidez Su Calificación Y Método Para Abordar El Caso

18. La CNDH planteó que el artículo 288 del Código Penal para el Estado de Morelos, en su porción normativa "o la insulte en su cumplimiento", vulnera los derechos a la seguridad jurídica y a la libertad de expresión. El argumento principal de la accionante se refiere a la supuesta ambigüedad de los términos con los que fue construido el tipo penal, lo que impide definir con claridad los medios y parámetros para calificar los actos sancionados por la norma.

19. El concepto de invalidez es fundado, dado que la norma general impugnada vulnera el principio de legalidad en su vertiente de taxatividad. Para sostener esa decisión, es necesario establecer los precedentes de esta Suprema Corte sobre el tema de taxatividad y, subsecuentemente, aplicarlos en la solución del caso.