ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 193/2020. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 17 DE MAYO DE 2021. PONENTE: ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA. SECRETARIA: JAQUELINE SÁENZ ANDUJO.
Fecha: 08-Jul-2022
Artículo V
"1. Los Estados Parte promoverán, en la medida en que sea compatible con sus respectivas legislaciones nacionales, la participación de representantes de organizaciones de personas con discapacidad, organizaciones no gubernamentales que trabajan en este campo o, si no existieren dichas organizaciones, personas con discapacidad, en la elaboración, ejecución y evaluación de medidas y políticas para aplicar la presente Convención. ..."
27. Acción de inconstitucionalidad 68/2018, fallada el 27 de agosto de 2019 por mayoría de nueve votos en contra del emitido por la Ministra Esquivel Mossa. Ausente el Ministro Pardo Rebolledo.
28. Comité sobre los Derechos de Personas con Discapacidad, Observación General Número 7 sobre la participación de las personas con discapacidad, incluidos los niños y las niñas con discapacidad, a través de las organizaciones que las representan, en la aplicación y el seguimiento de la Convención, nueve de noviembre de dos mil dieciocho, párrafo 1.
29. Acción de inconstitucionalidad 1/2017, fallada el 1o. de octubre de 2019, por mayoría de ocho votos en contra del emitido por el Ministro González Alcántara Carrancá. Ausentes la Ministra Piña Hernández y el Ministro Franco González Salas.
30. Acción de inconstitucionalidad 41/2018 y su acumulada 42/2018, falladas el 21 de abril de 2020 por unanimidad de once votos.
31. Acción de inconstitucionalidad 212/2020, fallada por unanimidad de 11 votos del Tribunal Pleno el 1o. de marzo de 2021, bajo la ponencia del Ministro Franco González Salas.
32. Ver el anexo relativo al Informe de la LXIII Legislatura de Estado de Zacatecas en la presente acción de inconstitucionalidad.
33. Acción de inconstitucionalidad 212/2020 fallada el 1o. de marzo de 2021, por unanimidad de once votos, bajo la ponencia del Ministro Franco González Salas.
- I Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- Ii Competencia
- Iii Norma Reclamada
- Objeto De La Educación Indígena
- Consulta Previa A Pueblos Y Comunidades Indígenas
- Acciones En Materia De Educación Indígena
- Educación Inclusiva
- Finalidad De La Educación Inclusiva
- Ii Desarrollar Al Máximo La Personalidad Los Talentos Y La Creatividad De Los Educandos
- Educación Especial
- Medidas Para Garantizar La Educación Inclusiva
- Iv Asegurar Que Se Realicen Ajustes Razonables Para Las Personas Con Discapacidad Y
- Disposiciones De Accesibilidad
- Iv Oportunidad
- V Legitimación
- Vi Causas De Improcedencia Y Sobreseimiento
- Vii Estudio De Fondo
- Al Aplicar Las Disposiciones Del Presente Convenio Los Gobiernos Deberán
- Artículo
- E Fase De Decisión Comunicación De Resultados Y Entrega De Dictamen
- Estudio De Los Artículos Impugnados
- Viii Efectos De La Sentencia
- Ix Decisión
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- En Todo Caso Las Causales De Improcedencia Deberán Examinarse De Oficio
- Artículo El Consejo Consultivo Se Integrará De La Siguiente Forma
- Adicionado Po De Mayo De
- Tribunal Pleno Acción De Inconstitucionalidad Página
- Artículo V
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener