ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 168/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 7 DE JUNIO DE 2022. PONENTE: JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ. SECRETARIOS: MONSERRAT CID CABELLO Y OMAR CRUZ CAMACHO.
Fecha: 19-Ago-2022
Cuestiones Relacionadas Con Las Personas Con Discapacidad
"18. La expresión ‘cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad’, que figura en artículo 4, párrafo 3, abarca toda la gama de medidas legislativas, administrativas y de otra índole que puedan afectar de forma directa o indirecta a los derechos de las personas con discapacidad. La interpretación amplia de las cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad permite a los Estados Partes tener en cuenta la discapacidad mediante políticas inclusivas, garantizando que las personas con discapacidad sean consideradas en igualdad de condiciones con las demás. También asegura que el conocimiento y las experiencias vitales de las personas con discapacidad se tengan en consideración al decidir nuevas medidas legislativas, administrativas o de otro tipo. Ello comprende los procesos de adopción de decisiones, como las leyes generales y los presupuestos públicos, y las leyes específicas sobre la discapacidad, que podrían afectar a la vida de esas personas.(10)
"19. Las consultas previstas en el artículo 4, párrafo 3, excluyen todo contacto o práctica de los Estados Partes que no sea compatible con la Convención y los derechos de las personas con discapacidad. En caso de controversia sobre los efectos directos o indirectos de las medidas de que se trate, corresponde a las autoridades públicas de los Estados Partes demostrar que la cuestión examinada no tendría un efecto desproporcionado sobre las personas con discapacidad y, en consecuencia, que no se requiere la celebración de consultas.
"20. Algunos ejemplos de cuestiones que afectan directamente a las personas con discapacidad son la desinstitucionalización, los seguros sociales y las pensiones de invalidez, la asistencia personal, los requerimientos en materia de accesibilidad y las políticas de ajustes razonables. Las medidas que afectan indirectamente a las personas con discapacidad podrían guardar relación con el derecho constitucional, los derechos electorales, el acceso a la justicia, el nombramiento de las autoridades administrativas a cargo de las políticas en materia de discapacidad o las políticas públicas en los ámbitos de la educación, la salud, el trabajo y el empleo.
- Índice Temático
- Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- Informe Del Poder Legislativo Del Estado De Puebla El Poder Local Argumentó En Síntesis
- Informe Del Poder Ejecutivo Del Estado De Puebla El Poder Local Argumentó En Síntesis
- I Competencia
- Ii Precisión De Las Normas Reclamadas
- Son Principios De La Ley
- Iv El Carácter Público De Las Prestaciones Que Señala Esta Ley
- Iv Contar Con Un Representante Que Cuide En Todo Momento Sus Intereses
- Viii A No Ser Sometido A Tratamientos Irreversibles O Que Modifiquen La Integridad De La Persona
- Artículo
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Primera Causal De Improcedencia
- V Segunda Causal De Improcedencia
- Vi Consideraciones Previas
- Vi Violación De Estudio Preferente Consulta A Personas Con Discapacidad
- Los Estados Partes En La Presente Convención
- I Reconociendo Además La Diversidad De Las Personas Con Discapacidad
- Cuestiones Relacionadas Con Las Personas Con Discapacidad
- Celebrar Consultas Estrechas Y Colaborar Activamente
- Inclusión De Los Niños Y Las Niñas Con Discapacidad
- Participación Plena Y Efectiva
- Artículo V
- Armonización Jurídica
- Inducir A Personas Con Discapacidad A Participar En El Proceso Legislativo
- Contar Con Un Registro Similar De Expertos
- Asegurar La Disponibilidad Pública En Línea De Todos Los Documentos Recibidos
- Vii Efectos
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- En Materia Electoral Para El Cómputo De Los Plazos Todos Los Días Son Hábiles
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- Los Principios De La Presente Convención Serán
- C La Participación E Inclusión Plenas Y Efectivas En La Sociedad
- G La Igualdad Entre El Hombre Y La Mujer
- Artículo Obligaciones Generales
- Resuelta El Veinte De Octubre De Dos Mil Veinte Por Unanimidad De Once Votos
- I Reconocer El Derecho A La Salud Mental Así Como Establecer Mecanismos Para Su Garantía
- Discapacidad
- Ley General De Salud
- Página Del Diario De Los Debates Y Página De La Versión Estenográfica De La Sesión