ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 168/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 7 DE JUNIO DE 2022. PONENTE: JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ. SECRETARIOS: MONSERRAT CID CABELLO Y OMAR CRUZ CAMACHO.
Fecha: 19-Ago-2022
Inducir A Personas Con Discapacidad A Participar En El Proceso Legislativo
"Las personas con discapacidad deben participar activamente en la redacción de legislación y otros procesos decisorios que les afecten, del mismo modo que participaron activamente en la redacción de la propia Convención. También se les debe alentar a que presenten observaciones y ofrezcan asesoramiento cuando se apliquen las leyes. Hay diversas maneras de considerar todas las opiniones, entre otras mediante audiencias públicas (con preaviso y publicidad suficientes), solicitando presentaciones por escrito ante las comisiones parlamentarias pertinentes y distribuyendo todos los comentarios recibidos entre un público más amplio, a través de sitios web parlamentarios y por otros medios.
"Los parlamentos deben velar por que sus leyes, procedimientos y documentación estén en formatos accesibles, como macrotipos, Braille y lenguaje sencillo, con el fin de que las personas con discapacidad puedan participar plenamente en la elaboración de legislación en general y, específicamente, en relación con las cuestiones de discapacidad. El edificio del parlamento y otros lugares donde éste celebre audiencias deberán ser también accesibles a las personas con discapacidad." 44. Se destacó que en un documento sobre buenas prácticas parlamentarias la Unión Interparlamentaria establece los siguientes lineamientos para la participación ciudadana en los procesos legislativos:(18)
• Contar con un registro público de organizaciones no gubernamentales organizado en función de su ámbito de interés, así como alfabéticamente.
- Índice Temático
- Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- Informe Del Poder Legislativo Del Estado De Puebla El Poder Local Argumentó En Síntesis
- Informe Del Poder Ejecutivo Del Estado De Puebla El Poder Local Argumentó En Síntesis
- I Competencia
- Ii Precisión De Las Normas Reclamadas
- Son Principios De La Ley
- Iv El Carácter Público De Las Prestaciones Que Señala Esta Ley
- Iv Contar Con Un Representante Que Cuide En Todo Momento Sus Intereses
- Viii A No Ser Sometido A Tratamientos Irreversibles O Que Modifiquen La Integridad De La Persona
- Artículo
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Primera Causal De Improcedencia
- V Segunda Causal De Improcedencia
- Vi Consideraciones Previas
- Vi Violación De Estudio Preferente Consulta A Personas Con Discapacidad
- Los Estados Partes En La Presente Convención
- I Reconociendo Además La Diversidad De Las Personas Con Discapacidad
- Cuestiones Relacionadas Con Las Personas Con Discapacidad
- Celebrar Consultas Estrechas Y Colaborar Activamente
- Inclusión De Los Niños Y Las Niñas Con Discapacidad
- Participación Plena Y Efectiva
- Artículo V
- Armonización Jurídica
- Inducir A Personas Con Discapacidad A Participar En El Proceso Legislativo
- Contar Con Un Registro Similar De Expertos
- Asegurar La Disponibilidad Pública En Línea De Todos Los Documentos Recibidos
- Vii Efectos
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- En Materia Electoral Para El Cómputo De Los Plazos Todos Los Días Son Hábiles
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- Los Principios De La Presente Convención Serán
- C La Participación E Inclusión Plenas Y Efectivas En La Sociedad
- G La Igualdad Entre El Hombre Y La Mujer
- Artículo Obligaciones Generales
- Resuelta El Veinte De Octubre De Dos Mil Veinte Por Unanimidad De Once Votos
- I Reconocer El Derecho A La Salud Mental Así Como Establecer Mecanismos Para Su Garantía
- Discapacidad
- Ley General De Salud
- Página Del Diario De Los Debates Y Página De La Versión Estenográfica De La Sesión