ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 68/2019. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 3 DE AGOSTO DE 2022. UNANIMIDAD DE CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, LORETTA ORTIZ AHLF, JAVIER LAYNEZ POTISEK Y YASMÍN ESQ
Fecha: 03-Ago-2022
En Este Caso La Demanda Se Presentó De Manera Oportuna
20. En efecto, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos impugnó diversos artículos de la Ley Burocrática del Estado de Nayarit, publicada en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el treinta y uno de mayo de dos mil diecinueve, por lo que el plazo para promover la presente acción transcurrió del sábado primero de junio de dos mil diecinueve, al domingo treinta siguiente; sin embargo, toda vez que el último día fue inhábil en términos de lo dispuesto por la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación,(17) la demanda podía presentarse el primer día hábil siguiente, esto es, el primero de julio de dos mil diecinueve.
21. En ese sentido, toda vez que la demanda se recibió, precisamente, el lunes primero de julio de dos mil diecinueve en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, se concluye que su presentación fue oportuna.
22. Estas consideraciones son obligatorias al haberse aprobado por unanimidad de cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Luis María Aguilar Morales (ponente), Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek y Presidenta Yasmín Esquivel Mossa.
22. Estas consideraciones son obligatorias al haberse aprobado por unanimidad de cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Luis María Aguilar Morales (ponente), Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek y Presidenta Yasmín Esquivel Mossa.
- Índice Temático
- Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- Normas Generales Cuya Invalidez Se Reclama
- I Competencia
- Ii Precisión De Las Normas Reclamadas
- Iii Oportunidad
- En Este Caso La Demanda Se Presentó De Manera Oportuna
- La Acción Fue Promovida Por Parte Legitimada
- V Causas De Improcedencia Y Sobreseimiento
- Dicho Criterio Se Ve Reflejado En La Jurisprudencia Pj De Rubro Y Texto Siguientes
- Único Se Sobresee En La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- Ibídem Fojas A
- Ibídem Foja
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener
- I Como Actor La Entidad Poder U Órgano Que Promueva La Controversia
- Foja Del Cuaderno En Que Se Actúa
- Artículo El Sobreseimiento Procederá En Los Casos Siguientes
- Transitorios