ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 68/2019. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 3 DE AGOSTO DE 2022. UNANIMIDAD DE CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, LORETTA ORTIZ AHLF, JAVIER LAYNEZ POTISEK Y YASMÍN ESQ
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 68/2019. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 3 DE AGOSTO DE 2022. UNANIMIDAD DE CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, LORETTA ORTIZ AHLF, JAVIER LAYNEZ POTISEK Y YASMÍN ESQ

Fecha: 03-Ago-2022

Transitorios

PRIMERO. La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit.".

26. "Artículo 1. Naturaleza y objeto. La presente Ley es de observancia general y rige, en sus términos, las relaciones de trabajo entre los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial y los Municipios; así como las instituciones descentralizadas de carácter estatal y municipal, Organismos Constitucionalmente Autónomos y Empresas y fideicomisos de carácter estatal y municipal, hacía con sus trabajadores, independientemente de lo que dispongan sus normas de creación."