ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 35/2022. PODER EJECUTIVO FEDERAL. 15 DE FEBRERO DE 2023. PONENTE: ALBERTO PÉREZ DAYÁN. SECRETARIO: HÉCTOR HIDALGO VICTORIA PÉREZ.
Fecha: 15-Feb-2023
Iv Informes De Las Autoridades
6 Las autoridades emisora y promulgadora de las normas generales impugnadas rindieron sus informes respectivos, respecto de los cuales debe precisarse lo siguiente:
• El Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca representado por José Octavio Tinajero Zenil, en su carácter de Consejero Jurídico del Gobierno del Estado de Oaxaca, manifestó que, en cumplimiento a lo ordenado por los artículos 52, 53, fracción II, y 58 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, el Poder Ejecutivo se limitó a promulgar y publicar en el periódico oficial las normas cuya invalidez se reclama.
• Por su parte, el Poder Legislativo del Estado de Oaxaca, en su informe signado por Laura Estrada Mauro, quien ostenta el carácter de Presidenta de la Junta de Coordinación Política de la LXV Legislatura del Congreso del Estado, manifestó que los preceptos ahora impugnados se apegan a los estándares constitucionales en materia de proporcionalidad tributaria y acceso a la información, por lo que no quebrantan ningún precepto de la Carta Magna.
Para corroborar lo anterior hace referencia a los argumentos realizados durante el proceso legislativo por la Comisión Permanente de Hacienda, entre ellos, que "las disposiciones contenidas en estas leyes, establecen tasas, cuotas y tarifas que sólo se adecuaron a las circunstancias inflacionarias que vive el estado (sic) y la nación, lo que sitúa a esta carga como proporcional, equitativa y acorde a las circunstancias económicas de cada municipio”.
- Promovente Poder Ejecutivo Federal
- I Normas Impugnadas Autoridades Emisoras Y Promulgadoras
- Iii Ordenamientos Legislativos Que Fueron Expedidos Y Normas Generales Cuya Invalidez Se Reclama
- Ii Preceptos Constitucionales Y Convencionales Que Se Estiman Violados Y Conceptos De Invalidez
- Iii Admisión De La Acción De Inconstitucionalidad
- Iv Informes De Las Autoridades
- V Cierre De Instrucción
- I Competencia
- Ii Oportunidad
- En Materia Electoral Para El Cómputo De Los Plazos Todos Los Días Son Hábiles
- Iii Legitimación
- Iv Causa De Improcedencia
- V Cuando Hayan Cesado Los Efectos De La Norma General O Acto Materia De La Controversia
- Único Se Sobresee En La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- Claudia Mendoza Polanco
- De Una Revisión De Autos Se Advierte Que El Nombre Correcto Del Municipio Es Santa Ana Zegache
- Ix Las Demás Que Expresamente Les Encomiende La Ley
- Foja Del Expediente
- Artículo El Sobreseimiento Procederá En Los Casos Siguientes