ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 81/2021. COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. 7 DE JUNIO DE 2022. PONENTE: JAVIER LAYNEZ POTISEK. SECRETARIO: ALFREDO URUCHURTU SOBERÓN.
Fecha: 24-Feb-2023
Discapacidad
"El término ‘discapacidad’ significa una deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social."
16. Artículo 2 de la Ley General de Inclusión para las Personas con Discapacidad. Para los efectos de esta ley se entenderá por:
"...
"XXVII. Persona con discapacidad. Toda persona que por razón congénita o adquirida presenta una o más deficiencias de carácter físico, mental, intelectual o sensorial, ya sea permanente o temporal y que al interactuar con las barreras que le impone el entorno social, pueda impedir su inclusión plena y efectiva, en igualdad de condiciones con los demás; ..."
17. Fallado en sesión del quince de mayo de dos mil diecinueve. Por unanimidad de cuatro votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, José Fernando Franco González Salas, Yasmín Esquivel Mossa y presidente Javier Laynez Potisek. El Ministro Eduardo Medina Mora Icaza se encontró legalmente impedido para conocer del asunto. Tema: La omisión de dar contestación al escrito presentado el seis de enero de dos mil quince, en la Dirección General del IMSS, en el que se le solicitó el suministro de diversos medicamentos; la omisión de proporcionar los medicamentos recetados a la parte quejosa derivado de su padecimiento consistente en disritmia cerebral, trastorno por estrés postraumático y otro.
18. Fernández María Teresa, "La discapacidad mental o psicosocial y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad" en Revista de Derechos Humanos-Dfensor, Número 11, noviembre 2010, consultable en https://www.corteidh.or.cr/tablas/r25716.pdf.
19. CDPD, Observación General Núm. 5 (2017) sobre el derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad, 27 de octubre de 2017, CRPD/C/GC/5. CDPD, Observación General No. 1 (2014) Artículo 12: Igual reconocimiento como persona ante la ley, 19 de mayo de 2014, CRPD/C/GC/1.
20. CDPD, Proyecto de directrices sobre la desinstitucionalización de las personas con discapacidad, incluso en situaciones de emergencia, octubre 2017, consultable en https://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/CRPD/Guidelines/CRPD_%20Draft_Guidelines-Spanish.docx.
21. Fallada en sesión celebrada el veintiuno de abril de dos mil veinte, por unanimidad de once votos de los Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Franco González Salas, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del considerando quinto, relativo al estudio de fondo. Los Ministros González Alcántara Carrancá, Franco González Salas, Pardo Rebolledo, Piña Hernández y presidente Zaldívar Lelo de Larrea reservaron su derecho de formular sendos votos concurrentes. Tema: Declaración de invalidez de la Ley para la Atención Integral de las Personas con Síndrome de Down de la Ciudad de México, expedida mediante decreto publicado en la Gaceta Oficial de dicha entidad federativa el cinco de marzo de dos mil dieciocho, al no haberse celebrado una consulta a las personas con Síndrome de Down, a las organizaciones que conforman, ni a las que las representan.
22. Naciones Unidas, Consejo de Derechos Humanos, Informe de la Relatora Especial sobre los derechos de las personas con discapacidad, 31o. Periodo de Sesiones, A/HRC/31/62, 12 de enero de 2016.
- Ii Competencia
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Causales De Improcedencia
- Vi Estudio De Fondo
- De La Familia De Los Usuarios
- I Proporcionar Apoyo Cuidados Protección A La Salud Y Alimentación Suficiente Y Adecuada
- A La Legislación Impugnada Es Una Medida Relacionada Con Las Personas Con Discapacidad
- Estándar Aplicable A Las Consultas A Personas Con Discapacidad
- Vii Efectos
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- Acuerdo De Cuatro De Junio De Dos Mil Veintiuno Ibídem Fojas A Del Expediente
- Acuerdo De Veinticinco De Agosto De Dos Mil Veintiuno Ibídem Foja
- Artículo
- Artículo La Comisión Tiene Las Siguientes Facultades Y Obligaciones
- Ii Ejercer La Representación De La Sociedad En El Ejercicio De Su Función
- Artículo De La Convención Sobre Los Derechos De Las Personas Con Discapacidad
- Los Principios De La Presente Convención Serán
- Participación En La Vida Política Y Pública
- Discapacidad
- Acciones De Inconstitucionalidad Y
- Acción De Inconstitucionalidad Y Su Acumulada
- Artículo De La Ley Reglamentaria Las Sentencias Deberán Contener