AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 279/99. OCCIDENTAL DE HOTELES, S.A. DE C.V.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 279/99. OCCIDENTAL DE HOTELES, S.A. DE C.V.

Fecha: 31-Dic-1988

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

PRIMERO.-En la materia del recurso competencia de esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se revoca la sentencia recurrida.

SEGUNDO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Occidental de Hoteles, Sociedad Anónima de Capital Variable.

TERCERO.-Se reserva jurisdicción al Primer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito en los términos precisados en la parte final del último considerando.