AMPARO DIRECTO EN REVISION 682/91. MATSUSHITA INDUSTRIAL DE BAJA CALIFORNIA, S.A. DE C.V.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISION 682/91. MATSUSHITA INDUSTRIAL DE BAJA CALIFORNIA, S.A. DE C.V.

Fecha: 26-Dic-1990

C O Más Durante El Tercer Año Y En Adelante

"Artículo 23. Las maquiladoras que deseen realizar ventas en el mercado nacional deberán cumplir además con los siguientes requisitos:

"I. Mantener el mismo control y normas de calidad que aplican para sus productos de exportación, así como sujetarse a las que se encuentran vigentes en el país, de conformidad con la legislación en la materia y cumplir con las normas que para el efecto ha establecido la Secretaría;

"II. Pagar el impuesto general de importación de acuerdo a los criterios establecidos en el artículo anterior, y

"III. Cumplir con los demás requisitos establecidos por las disposiciones legales aplicables en la materia."