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    AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 795/2006. CARPICENTRO, S.A. DE C.V.
    Suprema Corte de Justicia de la Nación

    AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 795/2006. CARPICENTRO, S.A. DE C.V.

    Fecha: 31-Oct-1995

    El Artículo Citado Se Transcribe A Continuación

    "Artículo primero. Se condonan los adeudos propios derivados de impuestos federales, así como sus accesorios, generados con anterioridad al 1o. de enero de 2002, no cubiertos a la fecha de entrada en vigor del presente decreto, a los siguientes contribuyentes:

    • Considerando Que
    • Artículo El Ejecutivo Federal Mediante Resoluciones De Carácter General Podrá
    • Ii Contribuyentes Obligados A Dictaminar Sus Estados Financieros Para Efectos Fiscales
    • En El Recurso De Revisión La Parte Quejosa Aduce En Síntesis Lo Siguiente
    • Primerose Confirma La Sentencia Recurrida
    • Terceroqueda Sin Materia La Revisión Adhesiva Interpuesta Por La Autoridad Tercero Perjudicada
    • Según Consta En La Foja Del Toca En El Que Se Actúa
    • Artículo Se Entenderá Por Actividades Empresariales Las Siguientes
    • El Artículo Citado Se Transcribe A Continuación
    • El Artículo De Referencia Establece Lo Siguiente

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