AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1710/2001. R.R. DONNELLEY MÉXICO, S.A. DE C.V.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1710/2001. R.R. DONNELLEY MÉXICO, S.A. DE C.V.

Fecha: 21-Jun-1999

Primerose Confirma La Sentencia Recurrida

SEGUNDO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a R.R. Donnelley México, Sociedad Anónima de Capital Variable, en contra de la sentencia dictada por la Segunda Sala Regional del Centro del entonces Tribunal Fiscal de la Federación en el juicio de nulidad 1326/99-05-02-1.

Notifíquese; con testimonio de esta resolución vuelvan los autos al Tribunal Colegiado correspondiente y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.

Así, lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros Juan Díaz Romero, Mariano Azuela Güitrón, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y presidente José Vicente Aguinaco Alemán. Fue ponente el segundo de los señores Ministros antes mencionados.

Nota: De la presente ejecutoria también derivaron las tesis 2a. XII/2002 y 2a. XIII/2002, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XV, marzo de 2002, páginas 429 y 425, con los rubros: "MISCELÁNEA FISCAL. CONTRA LAS SENTENCIAS DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS QUE DECIDEN, EN AMPARO DIRECTO, SOBRE LA CONSTITUCIONALIDAD DE SUS REGLAS, NO PROCEDE REVISIÓN." y "COMPENSACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES . EL PLANTEAMIENTO RELATIVO A QUE EL ARTÍCULO 23 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN AL ESTABLECER, POR UN LADO, LA FACULTAD DE LA AUTORIDAD FISCAL PARA REALIZAR DE OFICIO, SIN MAYORES REQUISITOS Y, POR OTRO, EL DERECHO DE LOS CONTRIBUYENTES PARA EFECTUARLA, PERO SUJETÁNDOSE A LAS REGLAS DE ‘RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL’, NO CONDUCE A ESTABLECER LA TRANSGRESIÓN AL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA.", respectivamente.