AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1670/2003. FIANZAS MÉXICO BITAL, S.A., GRUPO FINANCIERO BITAL.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1670/2003. FIANZAS MÉXICO BITAL, S.A., GRUPO FINANCIERO BITAL.

Fecha: 10-Sep-2001

Los Argumentos De La Revisionista Son Infundados

Para demostrarlo, conviene tener presente lo que dispone el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

"Artículo 17. Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.

"Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales.

"Las leyes federales y locales establecerán los medios necesarios para que se garantice la independencia de los tribunales y la plena ejecución de sus resoluciones.