Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1853/2011. 19 DE OCTUBRE DE 2011. CINCO VOTOS. PONENTE: ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA. SECRETARIO: CARLOS ENRIQUE MENDOZA PONCE.
Fecha: 19-Oct-2011
Artículo Procede El Recurso De Revisión
"...
"V. Contra las resoluciones que en materia de amparo directo pronuncien los Tribunales Colegiados de Circuito, cuando decidan sobre la constitucionalidad de leyes federales o locales, tratados internacionales, reglamentos expedidos por el Presidente de la República de acuerdo con la fracción I del artículo 89 constitucional y reglamentos de leyes locales expedidos por los gobernadores de los Estados, o cuando establezcan la interpretación directa de un precepto de la Constitución.
"La materia del recurso se limitará, exclusivamente, a la decisión de las cuestiones propiamente constitucionales, sin poder comprender otras. ..."
- Considerando
- La Ubicación Del Predio Que Señala Es Distinta A La Que Refiere Cuando Liquida
- Sexto En Contra De La Determinación Anterior La Quejosa Esgrime En Esencia
- Sirve De Apoyo Para Lo Anterior El Criterio Que Se Sustenta En La Siguiente Tesis
- Resulta Aplicable Al Caso La Tesis A Cxliii Que Es Del Tenor Siguiente
- Expuesto Lo Anterior Lo Procedente Es Verificar En Qué Hipótesis Se Ubica El Presente Asunto
- Primeroen La Materia De La Revisión Se Confirma La Sentencia Recurrida
- Artículo Procede El Recurso De Revisión
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- Artículo Corresponde Conocer A Las Salas