AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1093/2011. 24 DE AGOSTO DE 2011. CINCO VOTOS. PONENTE: ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA. SECRETARIO: JAIME SANTANA TURRAL.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1093/2011. 24 DE AGOSTO DE 2011. CINCO VOTOS. PONENTE: ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA. SECRETARIO: JAIME SANTANA TURRAL.

Fecha: 24-Ago-2011

C En Los Demás Casos Análogos A Juicio De La Sala Correspondiente

En esas condiciones, es posible determinar, que en el caso particular, se surten todos los elementos exigidos para la procedencia del presente medio de impugnación.

Es así, porque, en primer lugar, está colmado el requisito de oportunidad en la presentación del recurso, en los términos que han sido señalados en el considerando precedente.

El segundo requisito, relacionado con el sometimiento de la inconstitucionalidad de una ley, también está satisfecho, porque desde la demanda de amparo se planteó la inconstitucionalidad del artículo 236, último párrafo, del Código Penal para el Distrito Federal, dispositivo legal que según el punto de vista del recurrente, contraviene lo dispuesto por el artículo 22 constitucional, advirtiéndose que respecto de ese punto, el Tribunal Colegiado no dio respuesta al planteamiento toral que le fue planteado en la demanda de garantías; consideración que hace patente la subsistencia de un problema de constitucionalidad de la ley referida por el hoy recurrente.

Finalmente, se observa que el aspecto de constitucionalidad materia del presente asunto, por su naturaleza, pudiera entrañar un criterio de importancia y trascendencia, toda vez que el artículo 236, último párrafo, del Código Penal para el Distrito Federal, no ha sido objeto de pronunciamiento sobre su constitucionalidad o inconstitucionalidad por esta Suprema Corte de Justicia de la Nación.