AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1093/2011. 24 DE AGOSTO DE 2011. CINCO VOTOS. PONENTE: ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA. SECRETARIO: JAIME SANTANA TURRAL.
Fecha: 24-Ago-2011
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
PRIMERO.-En la materia de la revisión, competencia de esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se confirma la sentencia recurrida.
SEGUNDO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a **********, en contra de la autoridad y acto precisados en el resultando segundo de la presente ejecutoria.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos al mencionado Tribunal Colegiado y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros: Jorge Mario Pardo Rebolledo, José Ramón Cossío Díaz, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y presidente Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea (ponente).
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- Considerando
- Primero Procedencia
- A Exista Jurisprudencia Sobre El Tema De Constitucionalidad Planteado
- C En Los Demás Casos Análogos A Juicio De La Sala Correspondiente
- I Antecedentes De Las Constancias De Autos Se Advierte Lo Siguiente
- Sexto Análisis De Los Conceptos De Violación Son Infundados Los Conceptos De Violación
- El Precepto Legal Referido Es Del Tenor Siguiente
- Ii Se Emplee Violencia Física
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Lopera Mesa Gloria Patricia Principio De Proporcionalidad Y Ley Penal Madrid P
- Sobre Este Punto Véase Lopera Mesa Op Cit Pp