Suprema Corte de Justicia de la Nación AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5937/2021
Fecha: 26-Jul-2012
III. LEGITIMACIÓN Y OPORTUNIDAD
- Legitimación. El presente recurso fue interpuesto por parte legitimada, en términos del artículo 5, fracción I, párrafo primero, de la Ley de Amparo, pues se trata del autorizado del señor **********, quien es la parte quejosa en el juicio de amparo directo cuya personalidad le fue reconocida en el mismo .
- Oportunidad. El recurso de revisión se interpuso dentro del término de diez días a que se refiere el artículo 86 de la Ley de Amparo, pues la sentencia de amparo se notificó por medio del autorizado de la parte quejosa el cuatro de agosto de dos mil veintiuno y surtió sus efectos el día hábil siguiente.
- Por lo tanto, el plazo para su presentación transcurrió del seis al diecinueve de agosto de dos mil veintiuno , de manera que, si el recurso se interpuso el diecisiete de agosto de dos mil veintiuno entonces su presentación fue oportuna .
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