CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD Y CONVENCIONALIDAD. CONDICIONES PARA SU EJERCICIO OFICIOSO POR LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES FEDERALES.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD Y CONVENCIONALIDAD. CONDICIONES PARA SU EJERCICIO OFICIOSO POR LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES FEDERALES.

Fecha: 27-Jun-2014

I Antecedentes

a) Mediante oficio **********, de fecha cuatro de noviembre de dos mil once, se notificó a **********, quien se desempeñaba como agente de la Policía Federal Investigadora en funciones de Policía Federal Ministerial, el inicio del procedimiento administrativo de separación **********, instaurado en su contra, con motivo de una queja interpuesta por el titular de la Agencia Federal de Investigación.

b) El veintiocho de diciembre de dos mil once, el Consejo de Profesionalización de la Procuraduría General de la República, resolvió decretar su separación del Servicio Profesional de Carrera Ministerial, Policial y Pericial y, por ende, del cargo que venía desempeñando, por incumplimiento a los requisitos de permanencia, debido a que resultó no aprobatorio en el proceso de evaluación de control de confianza.

c) Inconforme, ********** promovió juicio de nulidad del que conoció la Quinta Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y resolvió, mediante sentencia de cinco de marzo de dos mil trece, en el sentido de reconocer la validez de la resolución impugnada.