AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2157/2014. 24 DE SEPTIEMBRE DE 2014. UNANIMIDAD DE CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA, JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ, ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA, OLGA SÁNCHEZ CORDERO DE GARCÍA VILLEGAS Y JORGE MARIO PAR
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2157/2014. 24 DE SEPTIEMBRE DE 2014. UNANIMIDAD DE CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA, JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ, ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA, OLGA SÁNCHEZ CORDERO DE GARCÍA VILLEGAS Y JORGE MARIO PAR

Fecha: 06-Feb-2015

Amparo Directo En Revisión Hojas A

12. Conforme al decreto de reforma de los artículos 94, 103, 104 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el seis de junio de dos mil once, con entrada en vigor el cuatro de octubre siguiente: No hay cambios de fondo. Ajuste de redacción por técnica legislativa: IV, V, VI, VII, VIII, IX y XI (dictamen Senado, p. 15).

13. 1a./J. 101/2010, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXIII, enero de 2011, página 71.

14. Sesiones de diez y once de junio de dos mil trece, bajo las ponencias de la Ministra Olga Sánchez Cordero y el Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

15. Tesis P. XII/2014 (10a.), sustentada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 11 de abril de 2014 a las 10:09 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 5, Tomo 1, página 413.

16. Sesión de veintiséis de junio de dos mil trece, bajo las ponencias de los Ministros José Ramón Cossío Díaz y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, así como de veintiocho de agosto de dos mil trece, bajo las ponencias de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Jorge Mario Pardo Rebolledo (ponente y disidente) y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

17. "Artículo 20. En todo proceso de orden penal, el inculpado, la víctima o el ofendido, tendrán las siguientes garantías: