AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 638/2014. 7 DE MAYO DE 2014. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS Y LUIS MARÍA AGUILAR MORALES. PONENTE: SERGIO A. VALLS HERNÁNDE
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 638/2014. 7 DE MAYO DE 2014. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS Y LUIS MARÍA AGUILAR MORALES. PONENTE: SERGIO A. VALLS HERNÁNDE

Fecha: 12-Jun-2015

Transitorios

"...

"SEXTO.-La jurisprudencia integrada conforme a la ley anterior continuará en vigor en lo que no se oponga a la presente ley. ..."

Conforme a lo antes mencionado, en el caso concreto debe señalarse que no se cumplen los requisitos para la procedencia del recurso de revisión, ya que el asunto de mérito no reviste las características de importancia y trascendencia.

Lo anterior, ya que tanto de los conceptos de violación, como de la sentencia emitida por el Tribunal Colegiado del conocimiento, se observa que no hubo pronunciamiento de constitucionalidad alguno, que haga procedente el presente asunto, tal como se corroborará a continuación: