AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2623/2016. 30 DE NOVIEMBRE DE 2016. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS EDUARDO MEDINA MORA I., JAVIER LAYNEZ POTISEK, JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS Y ALBERTO PÉREZ DAYÁN. PONENTE: MARGARITA BEA
Fecha: 24-Feb-2017
Segundola Justicia De La Unión No Ampara Ni Protege A La Quejosa A Que Este Toca Se Refiere
TERCERO.-Se declara sin materia la revisión adhesiva, en los términos del considerando décimo de esta resolución.
Notifíquese; con testimonio de la presente resolución, devuélvanse los autos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el presente toca como asunto concluido.
Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de los Ministros Eduardo Medina Mora I., Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y presidente Alberto Pérez Dayán.
En términos de lo dispuesto por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su sesión del veinticuatro de abril de dos mil siete, y conforme a lo previsto en los artículos 3, fracción II, 13, 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, así como en el segundo párrafo del artículo 9 del Reglamento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, para la aplicación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
- Considerando
- B La Sentencia Recurrida Se Notificó El Miércoles De Abril De
- C Dicha Notificación Surtió Efectos El Mismo Día
- Cuartoantecedentes
- Conforme A Este Enfoque La Quejosa Razonó En Su Demanda De Amparo Lo Siguiente
- Lo Anterior Se Observa Con Toda Claridad En El Siguiente Cuadro Comparativo
- Semanario Judicial De La Federación Del Viernes De Mayo De A Las Horas
- V Trabajadores O Trabajador La Persona Física Que La Ley Federal Del Trabajo Define Como Tal
- Artículo Son Sujetos De Aseguramiento Del Régimen Obligatorio
- Iii Determinar Las Cuotas Obrero Patronales A Su Cargo Y Enterar Su Importe Al Instituto
- Trabajador Es La Persona Física Que La Ley Federal Del Trabajo Define Como Tal
- El Salario Es La Retribución Que Define La Ley Federal Del Trabajo
- De Lo Anterior Deben Resaltarse Tres Premisas Necesarias Para La Solución Del Presente Asunto
- Segundola Justicia De La Unión No Ampara Ni Protege A La Quejosa A Que Este Toca Se Refiere