DERECHOS FUNDAMENTALES A LA IGUALDAD Y A LA NO DISCRIMINACIÓN. METODOLOGÍA PARA EL ESTUDIO DE CASOS QUE INVOLUCREN LA POSIBLE EXISTENCIA DE UN TRATAMIENTO NORMATIVO DIFERENCIADO.
Fecha: 13-Jul-2018
Terceroqueda Sin Materia La Revisión Adhesiva
Notifíquese; con testimonio de la presente resolución, devuélvanse los autos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el presente toca como asunto concluido.
Así lo resolvió, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, Jorge Mario Pardo Rebolledo (ponente), Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y presidenta Norma Lucía Piña Hernández.
En términos de lo previsto en los artículos 3, fracción II y 18, fracción II, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
Nota: Las tesis de jurisprudencia y aisladas 1a./J. 97/2006, 1a./J. 85/2008, 2a./J. 185/2010, 1a. CXXXVIII/2005, 2a./J. 128/2014 (10a.) y 2a. XXX/2017 (10a.) citadas en esta ejecutoria, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomos XXV, enero de 2007, página 231, XXVIII, septiembre de 2008, página 144, XXXII, diciembre de 2010, página 497 y XXII, noviembre de 2005, página 40; así como en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 28 de noviembre de 2014 a las 10:05 horas y del viernes 10 de marzo de 2017 a las 10:13 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libros 12, Tomo I, noviembre de 2014, página 893 y 40, Tomo II, marzo de 2017, página 1390, respectivamente.
- Considerando
- Los Hechos Que Constituyen Los Antecedentes Del Acto Reclamado Son Los Siguientes
- B La Ley Que Se Reclama Establece Un Trato Diferenciado Entre Dichas Personas Y
- C Que Adquieran Diésel Para El Consumo Final En Las Actividades Agropecuarias O Silvícolas
- Que La Distinción Sea Un Instrumento Adecuado Para Alcanzar La Finalidad U Objetivo Y
- Por Todo Lo Anteriormente Expuesto El Tribunal Resolvió Negar El Amparo Solicitado
- A En Materia De Estímulos Fiscales
- Cabe Concluir Lo Anterior Por Los Motivos Que A Continuación Se Precisan
- Primeroen La Materia De La Revisión Se Confirma La Sentencia Recurrida
- Terceroqueda Sin Materia La Revisión Adhesiva