Suprema Corte de Justicia de la Nación AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1297/2023.
Fecha: 15-Nov-2023
II. COMPETENCIA
- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer del presente recurso de revisión en términos de los artículos 107, fracción IX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 81, fracción II , artículo 83 y 96 de la Ley de Amparo, y 21, fracción IV , de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con los puntos primero y tercero del Acuerdo General 1/2023, emitido por el Pleno de este Alto Tribunal, porque el recurso se interpuso contra una sentencia de amparo directo en materia civil, especialidad de esta Primera Sala, y su resolución no requiere la intervención del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
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