Suprema Corte de Justicia de la Nación AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2074/2023
Fecha: 08-Nov-2023
II. OPORTUNIDAD
- El recurso de revisión fue interpuesto de forma oportuna . La sentencia de amparo se notificó por lista el catorce de marzo de dos mil veintitrés, por lo que dicha notificación surtió efectos al día hábil siguiente, esto es, el quince de marzo de dos mil veintitrés. Por lo tanto, el plazo de diez días establecido por el artículo 86 de la Ley de Amparo para la interposición del recurso de revisión transcurrió del dieciséis al treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés , descontándose los días dieciocho, diecinueve, veinte, veintiuno, veinticinco y veintiséis de marzo por ser inhábiles, de conformidad con el artículo 19 de la Ley de Amparo y 74, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo .
- Por ello, si la recurrente nombre de la víctima presentó su recurso de revisión el veintiocho de marzo de dos mil veintitrés , se concluye que el medio de impugnación se interpuso de forma oportuna.
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