III. LEGITIMACIÓN
- Esta Suprema Corte considera que la señora nombre de la víctima cuenta con la legitimación necesaria para interponer el recurso de revisión, pues se le reconoció el carácter de quejosa en el juicio de amparo directo tercer número de expediente, de conformidad con el artículo 5, fracción I, de la Ley de Amparo vigente .
