RESUELVE:
PRIMERO. Se desecha el recurso de revisión que a este toca se refiere.
SEGUNDO. Queda firme la sentencia recurrida.
TERCERO. Queda sin materia el recurso de revisión adhesiva.
Notifíquese conforme a derecho corresponda, vuelvan los autos al Tribunal de su origen y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cuatro votos de la señora Ministra y los señores Ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá (ponente), Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Ministro Presidente Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien está con el sentido, pero se separa del párrafo treinta y uno. El Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea estuvo ausente.
