SENTENCIA
Que recae al amparo directo en revisión 20/2023, interpuesto por el quejoso **********, por propio derecho, contra la sentencia emitida por el Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito, en sesión ordinaria virtual de diez de noviembre de dos mil veintidós en el juicio de amparo directo **********.
El problema jurídico que esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe resolver consiste en determinar, en un primer momento, si el recurso de revisión que nos ocupa es o no procedente; de ser esto en sentido afirmativo, lo siguiente será analizar si la posibilidad de incorporar a la audiencia de juicio oral mediante lectura declaraciones o informes emitidos por personas que fallecieron antes de esa etapa procesal, contenida en la fracción I del artículo 386 del Código Nacional de Procedimientos Penales, es o no violatoria de los principios de inmediación, contradicción e igualdad procesal, consagrados en el artículo 20 de nuestra Constitución General.
- Encabezado
- SENTENCIA
- ANTECEDENTES Y TRÁMITE
- I. COMPETENCIA
- II. LEGITIMACIÓN Y OPORTUNIDAD
- V. ESTUDIO DE FONDO
- PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN COMO HERRAMIENTA METODOLÓGICA PARA LA FORMACIÓN DE LA PRUEBA. EXIGE EL CONTACTO DIRECTO Y PERSONAL DEL JUEZ CON LOS SUJETOS Y EL OBJETO DEL PROCESO DURANTE LA AUDIENCIA DE JUICIO.
- VI. DECISIÓN
